Lote simple frente sobre Vidal al 4500 casi esquina Arias, Ya demolido, terreno de 8,17 x 14,35 metros y una superficie total de 120 metros cuadrados. Según nuevo Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pertenece a las Unidades de Sustentabilidad de Altura Media (USAM), la edificabilidad máxima se corresponde con una altura de 17,20 metros sobre Línea Oficial y una morfología de Planta Baja mínima de 3,00 metros + 5 pisos + 2 pisos retirados (de la L.O.). El área edificable se encuentra limitada por la Línea Oficial y el fondo de la parcela. Se tuvo en cuenta la generación de un patio en el fondo Conforme a Estudio de Prefactibilidad realizado el lote permitiría la construcción de 570 metros cuadrados para la venta, mas la planta baja, con una incidencia de u$s 420/metro cuadrado incluyendo la Plusvalía aproximada de u$s 29.430. La propiedad está ubicada a una cuadra del boulevard San isidro Labrador, a dos cuadras a Av. Cabildo, A una cuadra de la plaza Vicuña y a diez cuadras de parque saavedra, en el tradicional barrio de Saavedra.
ABL $916 Accesible: No (Ley 5.115). Forma de pago: efectivo + canje x m2 terminados
– Comercializa “Pessah Propiedades” de Marcelo Rafael Pessah, inmobiliaria adherida a deinmobiliarios. CUCICBA Matrícula N°5678, CMCPSI Matrícula N°6686. –
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Nota: La información gráfica y escrita contenida en el presente aviso es meramente a título estimativo y no forma parte de ningún tipo de documentación contractual. Las medidas y superficies definitivas surgirán del título de propiedad del inmueble referido. Asimismo, los importes de impuestos, tasas, servicios y expensas aquí indicados están sujetos a verificación por parte del potencial comprador. El valor del inmueble indicado en el presente puede ser modificado sin previo aviso. Operación supeditada a que el propietario cumplimente con la R.G. N° 2371/07 COTI.
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Art. 5°, Ley 5859 (inc.9 del art. 10, Ley 2340). Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. Art. 4°, Ley 5859 ( inc. 8, art.10, Ley 2340).
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